Trabajo en Negro
El monotributo encubierto es una forma de empleo no registrado. Mirá qué podés reclamar si trabajás en negro y te despiden.
Ver másSi te hacen facturar como monotributista pero cumplís horario, recibís órdenes y trabajás como uno más, es muy probable que seas un empleado en relación de dependencia encubierta. Te ayudamos a reclamar tu registración y tu indemnización. Más de 20 años de experiencia en CABA y AMBA.
Muchas empresas, en lugar de contratar empleados en blanco, obligan a las personas a inscribirse como monotributistas y facturar sus servicios, o firman un "contrato de locación de servicios". El objetivo es ahorrarse las cargas sociales, los aportes y las indemnizaciones. Pero si en los hechos trabajás como un empleado más, esa figura es un fraude laboral.
El derecho laboral argentino se rige por el principio de primacía de la realidad (Art. 14 de la LCT): no importa cómo se llame el contrato ni que emitas facturas; lo que importa es cómo se dan las cosas en la práctica. Y el Art. 23 de la LCT establece una presunción: el solo hecho de prestar servicios hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que el empleador pruebe lo contrario.
Sí, si en los hechos sos un empleado. Cuando cumplís un horario, recibís órdenes e instrucciones, trabajás de forma habitual y estás integrado a la empresa, rige la primacía de la realidad (Art. 14 LCT) y la presunción del Art. 23 LCT: sos un trabajador en relación de dependencia, aunque emitas facturas. Podés reclamar la registración por toda tu antigüedad real y, ante el despido, la indemnización por despido sin causa (antigüedad, preaviso, integración, SAC y vacaciones), más el recargo del 50% (Art. 2 de la Ley 25.323) si no te pagan en término. La primera consulta es gratuita.
Un monotributista genuino es un trabajador independiente: maneja sus horarios, tiene varios clientes, asume el riesgo de su actividad y no está subordinado a nadie. En cambio, hay relación de dependencia encubierta cuando aparecen indicios de subordinación. Prestá atención si:
Si te identificás con varios de estos puntos, es muy probable que la ley te considere un empleado en relación de dependencia, con todos los derechos que eso implica.
Cuando se reconoce la relación de dependencia encubierta, tu situación es equivalente a la de un trabajador no registrado (en negro). Podés reclamar:
Una aclaración importante: la Ley Bases (27.742) derogó las multas de la Ley 24.013 que antes duplicaban la indemnización por falta de registración, pero no eliminó tu derecho a la registración ni a la indemnización. La base indemnizatoria sigue intacta. En una consulta hacemos el cálculo para que sepas con precisión cuánto te corresponde.
La relación de dependencia encubierta aparece en muchos rubros. Estas son algunas de las formas más comunes:
Es el caso más típico: facturás mes a mes a la misma empresa, cumplís su horario y respondés a un jefe. La exclusividad y la habitualidad son fuertes indicios de relación laboral.
Firmar un "contrato de locación de servicios" o de "servicios profesionales" no cambia la realidad. Si hay subordinación, la justicia reconoce la relación de dependencia por encima del papel firmado.
Contadores, diseñadores, programadores, médicos, docentes y otros profesionales muchas veces trabajan de forma dependiente aunque facturen. La profesión no excluye la posibilidad de una relación laboral.
Cuando una pasantía se usa para cubrir un puesto de trabajo real, sin cumplir su finalidad formativa, también puede reclamarse el reconocimiento del vínculo laboral.
Si creés que sos un empleado encubierto, estos son los pasos para proteger tus derechos:
Recordá que tenés un plazo de prescripción de 2 años (Art. 256 LCT) para reclamar los créditos laborales. En nuestro estudio te ofrecemos una primera consulta gratuita y confidencial.
La relación de dependencia encubierta se vincula con otras situaciones que también atendemos:
El monotributo encubierto es una forma de empleo no registrado. Mirá qué podés reclamar si trabajás en negro y te despiden.
Ver másSi te desvinculan tras reclamar tu registración, te asistimos para que cobres la indemnización por despido completa.
Ver másCalculamos tu liquidación computando toda la antigüedad real, con cada rubro de ley que te corresponde.
Ver másLas dudas más comunes sobre el fraude laboral y la registración
Contanos tu situación y recibí una respuesta profesional sin compromiso. Tu consulta es totalmente confidencial.