Despido Laboral
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El acoso laboral, también conocido como mobbing, es toda conducta abusiva, hostil y sistemática que se ejerce sobre un trabajador de forma reiterada en el ámbito laboral, con el fin de dañarlo psicológicamente, degradar sus condiciones de trabajo o forzarlo a renunciar. No se trata de un conflicto puntual o un mal día: es un patrón de comportamiento sostenido en el tiempo.
En Argentina, si bien no existe una ley nacional específica sobre mobbing, la jurisprudencia laboral ha desarrollado ampliamente esta figura. Se protege al trabajador a través de la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Protección Integral a las Mujeres (26.485), normas provinciales y municipales (como la Ley 1225 de CABA), y los principios generales del derecho que prohíben el abuso y la violencia.
En el estudio del Dr. Pablo Garaycochea comprendemos lo difícil que es atravesar una situación de acoso laboral. Por eso, ofrecemos una consulta confidencial donde escuchamos tu caso sin juzgarte, evaluamos la prueba que tenés disponible y te explicamos las acciones legales que podés tomar para proteger tu salud, tu dignidad y tu trabajo.
El mobbing puede manifestarse de diversas formas según quién lo ejerce y cómo se desarrolla. Conocer los distintos tipos es fundamental para identificar la situación y poder actuar a tiempo.
Es la forma más común de mobbing. Se produce cuando un superior jerárquico (jefe, gerente, supervisor) ejerce violencia psicológica sobre un subordinado. Puede manifestarse a través de:
Menos frecuente, pero igualmente dañino. Ocurre cuando uno o varios subordinados hostigan a un superior. Suele darse cuando se designa un nuevo jefe y el equipo busca desestabilizarlo mediante desobediencia, boicot, rumores o descrédito sistemático.
Se da entre compañeros del mismo nivel jerárquico. Puede incluir aislamiento social, difusión de rumores, sabotaje del trabajo, apropiación de méritos ajenos o agresiones verbales constantes. Este tipo de acoso suele ser más difícil de detectar porque puede confundirse con conflictos interpersonales.
El acoso sexual laboral es toda conducta de naturaleza sexual no deseada que afecta la dignidad del trabajador. Incluye comentarios, insinuaciones, contacto físico no consentido, exhibición de material sexual, propuestas o presiones a cambio de beneficios laborales. Está especialmente protegido por la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres y por el Convenio 190 de la OIT ratificado por Argentina.
Se produce cuando el hostigamiento se basa en características personales del trabajador como su género, orientación sexual, nacionalidad, religión, edad, aspecto físico, discapacidad o actividad sindical. Este tipo de acoso agrava la situación legal del empleador y puede dar lugar a indemnizaciones adicionales por discriminación.
Una de las mayores preocupaciones de los trabajadores víctimas de mobbing es la prueba. Si bien el acoso laboral suele ser difícil de acreditar porque muchas veces se ejerce de manera sutil, existen múltiples medios de prueba que la justicia argentina acepta:
Los testimonios de compañeros de trabajo son fundamentales. Aunque muchos compañeros temen represalias, la justicia protege a los testigos y su declaración tiene gran valor probatorio. También pueden declarar familiares, amigos o profesionales de la salud que hayan presenciado los efectos del acoso.
La jurisprudencia argentina acepta que en casos de acoso laboral se aplique el sistema de indicios. Esto significa que no es necesario probar cada acto individual, sino que el conjunto de circunstancias acreditadas permita presumir la existencia del mobbing. Un cambio injustificado de sector, la reducción de tareas y un posterior certificado psiquiátrico pueden, en conjunto, acreditar la situación.
Frente a una situación de mobbing, el trabajador tiene varias alternativas legales que no necesariamente implican perder el empleo. Un abogado especialista te ayuda a elegir la estrategia más adecuada según tu caso.
El primer paso suele ser enviar un telegrama laboral intimando al empleador a cesar la conducta acosadora y restablecer las condiciones normales de trabajo. Esta intimación es fundamental porque constituye prueba de que el trabajador puso en conocimiento del empleador la situación y le dio la oportunidad de corregirla.
Se puede realizar una denuncia ante:
Si el acoso constituye una injuria grave que hace imposible continuar la relación laboral, el trabajador puede considerarse en situación de despido indirecto. Esto le da derecho a reclamar la indemnización por despido sin causa, más los rubros adicionales por daño moral y psicológico.
Independientemente del despido indirecto, el trabajador puede iniciar una demanda por daños y perjuicios contra el empleador y/o contra la persona física que ejerce el acoso. Los rubros que se pueden reclamar incluyen:
En casos de extrema gravedad, se puede solicitar al juez una medida cautelar que ordene al empleador cesar inmediatamente la conducta acosadora, restablecer las condiciones de trabajo o mantener la distancia con el acosador. Esto permite proteger al trabajador mientras avanza el proceso judicial.
Si estás siendo víctima de mobbing, es importante que actúes de forma estratégica para proteger tus derechos:
En nuestro estudio ofrecemos una primera consulta gratuita y confidencial. Sabemos que dar el primer paso es difícil, pero estamos preparados para escucharte y ayudarte.
El acoso laboral está vinculado con otras situaciones laborales que también atendemos en nuestro estudio:
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