Indemnización por Despido sin Causa en 2026

Calculadora, rubros obligatorios de la Ley de Contrato de Trabajo e impacto de la Ley Bases.

El despido sin justa causa es la finalización del vínculo laboral por decisión unilateral del empleador, sin que exista una inconducta por parte del trabajador. Frente a esta situación, la ley argentina te protege otorgándote el derecho al cobro íntegro de una indemnización económica y tarifada.

Los 5 Rubros Obligatorios de tu Liquidación Final

Si la empresa te notifica fehacientemente (vía carta documento) de un despido sin causa, la liquidación que te depositen a los 4 días hábiles posteriores debe contener, ineludiblemente, estos cinco conceptos:

1. Indemnización por Antigüedad (Art. 245 LCT)

Es el corazón de tu indemnización. Corresponde al pago de 1 mes de sueldo por cada año trabajado (o fracción superior a 3 meses). La base de cálculo no es cualquier sueldo, sino la "Mejor Remuneración Mensual, Normal y Habitual" (MRMNH) percibida durante tu último año laboral. Es decir, se toma el mes que más cobraste (bruto), descartando aguinaldo y bonos esporádicos.

2. Indemnización Sustitutiva de Preaviso (Art. 231 y 232 LCT)

La ley obliga al empleador a avisarte con antelación que te vas a quedar sin trabajo. Si te despide de un día para el otro, debe pagarte esa falta de aviso. Equivale a:

  • 15 días de sueldo si estabas en período de prueba (ampliado por la Ley Bases).
  • 1 mes de sueldo si tu antigüedad es menor a 5 años.
  • 2 meses de sueldo si tu antigüedad supera los 5 años.

3. Integración del Mes de Despido (Art. 233 LCT)

Los despidos casi nunca se notifican el último día del mes. Si te echan un día 10, la empresa te debe abonar, como indemnización, los días que faltan para completar el mes entero (los 20 días restantes). Esto asegura que no pierdas un mes completo de ingresos de manera sorpresiva.

4. Vacaciones no Gozadas

Como te despiden a mitad de año, no pudiste tomarte los días de descanso que ya te habías ganado proporcionalmente a los meses trabajados. Esos días acumulados te los deben pagar en efectivo en tu liquidación, más su SAC (Aguinaldo) correspondiente.

5. Sueldo Anual Complementario (SAC) Proporcional

Corresponde al pago del aguinaldo proporcional a la cantidad de días trabajados en el semestre en curso (ya sea el primer semestre del año o el segundo).

Evitá que te liquiden de menos

Muchas empresas incluyen cifras incorrectas en la liquidación final esperando que firmes el recibo por desconocimiento. Envianos tu recibo y te lo controlamos gratis.

¿Qué cambió con la Ley Bases 27.742?

La promulgación de la Ley Bases trajo consigo el mayor cambio en derecho laboral de los últimos tiempos, impactando directamente en la figura del despido:

  • Fondo de Cese Opcional: La ley habilitó a que los sindicatos y las cámaras empresariales, mediante negociación de Convenio Colectivo, decidan reemplazar la indemnización del Art. 245 por un sistema de Fondo de Cese Laboral (similar a la libreta de la UOCRA). Es fundamental saber si tu gremio ya implementó esto.
  • Extensión del Período de Prueba: Anteriormente de 3 meses, la nueva ley extiende el período a 6 meses de forma general, llegando a 8 meses para empresas medianas y hasta 10 meses para micropymes. Si te despiden durante este plazo ampliado, **no** te corresponde indemnización por antigüedad ni integración del mes de despido.
  • Derogación de Multas Registrales: Si estabas trabajando en negro, ya no aplican las multas automáticas de las leyes antiguas (Ley de Empleo 24.013 y Art. 1 Ley 25.323), pero sí siguen vigentes otros canales de reclamo por falta de aportes jubilatorios y el recargo del Art. 2 de la Ley 25.323.

Pasos Críticos ante el Despido

No pierdas tus derechos por firmar rápido

1. La Carta Documento es obligatoria: Si tu jefe te dice "estás despedido", seguí yendo a trabajar hasta que recibas el telegrama oficial de Correo Argentino. Si dejás de ir, la empresa puede usar tu ausencia para alegar "abandono de trabajo" y despedirte con causa, quitándote la indemnización.

2. Controlá el monto antes de firmar en el Banco o Escribanía: Tenés derecho a recibir el pago a los 4 días hábiles. Asesorate con un abogado antes de rubricar el recibo final.

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Preguntas Frecuentes

Solamente si existió una "Causa Justa" (injuria grave) probada fehacientemente o si te encontrabas dentro del período de prueba. Si no hay causa real, la empresa debe abonar el 100% de la indemnización de ley. Si invocan una causa que es mentira, debés rechazarla por telegrama.
El Ministerio de Trabajo fija un tope máximo salarial para multiplicar los años de antigüedad según tu convenio aplicable (Comercio, Sanidad, etc). No obstante, por el fallo 'Vizzoti' de la Corte Suprema, si aplicar ese tope reduce tu sueldo real en más de un 33%, la reducción es inconstitucional y podés reclamar judicialmente la diferencia.
La ley establece un plazo máximo de 4 días hábiles desde que recibís el telegrama de despido. Si no te depositan en ese plazo, debés intimar inmediatamente al pago mediante telegrama laboral para evitar que se dilate el cobro y asegurar tu derecho a reclamar intereses y multas.
El preaviso es la obligación de avisarte con anticipación que te van a despedir. Si te echan en el momento sin avisar, deben pagarte la "Indemnización Sustitutiva de Preaviso", que equivale a 1 mes de sueldo si tu antigüedad es menor a 5 años, o 2 meses de sueldo si es mayor a 5 años.
La nueva Ley Bases permite que los sindicatos reemplacen la indemnización tradicional por un Fondo de Cese Laboral (similar a la libreta de la construcción) mediante convenio colectivo. Sin embargo, esto no es automático: debe estar expresamente acordado por tu sindicato y la cámara empresarial. Si no hay acuerdo vigente, te corresponde la indemnización normal del Art. 245.

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